Técnico de Educación Infantil. Ayuntamiento de Cangas de Onís

PLAZO PRESENTACIÓN:

Hasta 22 de abril de 2025

INFORMACIÓN:

Las bases tienen por objeto regular la provisión de cinco plazas de Técnico de educación infantil (Subgrupo C1), en régimen de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Cangas de Onís, por acceso libre.

Características de la plaza 1. Grupo: C, Subgrupo C1 2. Denominación: Técnico de educación infantil. 3. Titulación exigida: — Título de Técnico/a Superior de Educación Infantil. También se entenderá acreditado el requisito de titulación a quienes estén en posesión del siguiente título: — Título de Maestro con la especialidad en Educación Infantil o equivalente.

CONVOCA:

Ayuntamiento de Cangas de Onís

REQUISITOS:

Para poder participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país de la Unión Europea o de otro estado en los términos previstos en el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015.
  • b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o resulte incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
  • c) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida.
  • d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente. Dicho requisito se entiende que ha de ir referido a la fecha de toma de posesión, en su caso.
  • f) Estar en posesión la titulación exigida para el ingreso en el grupo correspondiente, conforme a lo establecido en el art. 76 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener el título correspondiente, cuando en el plazo de presentación de instancias, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder al mismo y se hayan abonado las correspondientes tasas para su expedición, si fueran necesarias.

MÁS INFORMACIÓN:

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Avda. de Covadonga s/n
33550 Cangas de Onís
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