Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Piloña

PLAZO PRESENTACIÓN:

Hasta 4 de abril de 2025

INFORMACIÓN:

Es objeto de las presentes bases la selección de una plaza de Técnico de Administración General, para su provisión como funcionario de carrera según plaza vacante en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Piloña, y la creación de bolsa de empleo, para cubrir vacantes, sustituciones transitorias, ejecución de programas de carácter temporal, o por exceso o acumulación de tareas.

CONVOCA:

Ayuntamiento de Piloña

REQUISITOS:

  • a. Ser español, nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea o extranjero residente en España en las condiciones recogidas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • b. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa para el acceso al empleo público.
  • c. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleado público.
  • e. No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente en el momento.
  • f. Estar en posesión de algún título universitario de Grado o titulación equivalente que corresponda conforme al artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
    En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante a través de certificado expedido a este efecto por la administración competente.
    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando, en el plazo de presentación de solicitudes, se hayan superado los correspondientes planes de estudios o pruebas que permitan acceder a dicha titulación o enseñanza y se hayan abonado las tasas para la obtención de la titulación, si fueran necesarias.

MÁS INFORMACIÓN:

Ayuntamiento de Piloña
C. Covadonga, 9
33530 Infiesto, Asturias
Teléfono: 985 71 00 13