PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 3 de mayo de 2022

INFORMACIÓN:

Se han aprobado la convocatoria y las bases que han de regir la selección, mediante concurso oposición, para la cobertura de los siguientes puestos vacantes incluidos en las ofertas de empleo público de los años 2017, 2018, 2019 y 2020:

  • 1 plaza de funcionario de carrera, oficial de oficios fontanero en turno libre.
  • 1 plaza de funcionario de carrera, oficial de oficios albañil en turno libre.
  • 1 plaza de funcionario de carrera, oficial de oficios electricista en turno libre.
  • 3 plazas de funcionarios de carrera, operarios en turno libre.
  • 1 plaza de funcionario de carrera, administrativo/a por promoción interna.

Para obtener el nombramiento como funcionario de carrera es preciso superar la respectiva a fase de prácticas o prueba. 

Cuando finalice el proceso selectivo correspondiente se elaborará una lista con aquellas personas que, no habiendo superado dicho proceso hayan participado en el mismo. 

CONVOCA:

Ayuntamiento de Llanera 

REQUISITOS:

  • 1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de otro estado miembro de la Unión Europea o cumplir las condiciones para el acceso al empleo público por nacionales de otros estados en los términos del artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • 2. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • 3. Estar en posesión del título exigible para el ingreso en el grupo de clasificación correspondiente que figura en los anexos que rigen las bases específicas de las respectivas convocatorias o certificado oficial de estar en condiciones de obtenerlo mediante el abono de las tasas o derechos económicos correspondientes para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
  • 4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y escala de las plazas de funcionarios/as de carrera en las que participe e igualmente, poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la categoría profesional en aquellas plazas laborales fijo en la que participe. A tal efecto, quienes superen las pruebas serán sometidos a reconocimiento médico por la entidad encargada de la vigilancia de la salud del personal del Ayuntamiento de Llanera, antes de su nombramiento o contratación. Las personas discapacitadas habrán de acreditar tanto su condición de discapacitado como su capacidad para desempeñar las tareas o funciones del puesto mediante la oportuna certificación expedida por el organismo competente (Estatal o Autonómico).
  • 5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  • 6. No estar en situación de suspensión firme de funciones, salvo extinción legal. 

En el caso de la convocatoria de plazas que impliquen contacto habitual con menores y en virtud de lo establecido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE 180, de 29 de julio de 2015) que añade el apartado 5 al artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE 15, de 17 de enero de 1996), “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. 

MÁS INFORMACIÓN: 

Ayuntamiento de Llanera
Av. Prudencio González, 2
33424 Posada, Asturias
Teléfono985 77 00 07