PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 29 de marzo de 2022
INFORMACIÓN:
Es objeto de la presente convocatoria la elaboración de una bolsa de trabajo o lista de aspirantes para la provisión de puestos de trabajo por personal interino en la categoría de Profesor de Música (grupo A, Subgrupo A2) a efectos de sustituir a los titulares del correspondiente puesto de trabajo en los supuestos de excedencia, permisos, licencias o causas análogas por el tiempo durante el cual persistan dichas circunstancias y dentro del Convenio del Personal Laboral del Ayuntamiento de Oviedo.
La bolsa de trabajo alcanzará la provisión de las siguientes especialidades:
- 1-Acordeón.
- 2-Contrabajo.
- 3-Canto.
- 4-Flauta travesera.
- 5-Guitarra.
- 6-Oboe.
- 7-Piano.
- 8-Violín/Viola.
- 9-Violoncello.
- 10-Trombón/tuba.
- 11-Trompa/trompeta.
- 12-Percusión.
- 13-Saxofón.
- 14-Clarinete.
- 15-Lenguaje Musical.
- 16-Fagot.
- 17-Pianista-acompañante.
- 18-Piano improvisación.
- 19-Guitarra eléctrica-Bajo eléctrico.
Las funciones a desarrollar serán las propias de los Profesores sustituidos dentro de su categoría profesional para el desarrollo de los diferentes programas curriculares y proyectos educativos de la Escuela Municipal de Música.
Vigencia de la bolsa de empleo será en tanto no se acuerde su renovación o se agote la misma derivada de la inexistencia o insuficiencia de candidatos para cubrir posibles incidencias dentro de cada especialidad.
CONVOCA:
Escuela de Música del Ayuntamiento de Oviedo.
REQUISITOS:
- Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público y legislación de desarrollo.
- Edad comprendida entre los 16 años y la edad de jubilación forzosa.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Estar en posesión del Título Superior de Música en la Especialidad a la que se opta, o Título de Profesor superior decreto 2618/66 (Plan del 66) en la Especialidad a la que se opta o Título de Profesor decreto 2618/66 (Plan del 66) en la Especialidad a la que se opta.
- No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos, por resolución judicial.
- No hallarse incurso en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
- El caso de la convocatoria de plazas que impliquen contacto habitual con menores y en virtud de lo establecido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE 180, de 29 de julio de 2015) que añade el apartado 5 al artículo 13 de la L. O. 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE 15, de 17 de enero de 1996), “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficiaos y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia forme por algún delito contra la libertad e indemnizad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Tanto estas condiciones como los méritos que se aleguen para su valoración en fase de concurso, habrán de ir referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias debiendo mantenerse y acreditarse los requisitos de participación en la fecha de formalización del contrato.
MÁS INFORMACIÓN:
Escuela de Música del Ayuntamiento de Oviedo.
C. Rosal, 7
33009 Oviedo, Asturias
Teléfono: 985 20 40 68