Bolsa de empleo de Auxiliares del Servicio de Ayuda a Domicilio. Mancomunidad Comarca de la Sidra

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 30 de junio de 2021

INFORMACIÓN:

Es objeto de la presente convocatoria la elaboración de una bolsa de empleo en la categoría de Auxiliar de Ayuda a Domicilio a efectos de su eventual contratación temporal para cubrir las necesidades del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) de la Mancomunidad Comarca de la Sidra (sustituciones por baja, vacaciones, acumulación de tareas, etc), del Centro Rural de Apoyo Diurno (CRAD) de Bimenes, gestionado por la propia Mancomunidad, y de todas aquellas actuaciones y actividades de atención a personas mayores que realiza esta Entidad Local.

Esta Bolsa de trabajo temporal permitirá una contratación más ágil y basada en los principios de selección de personal de la administración pública de mérito y capacidad. 

La Bolsa tendrá, en principio una vigencia de cinco años a contar desde el día siguiente a su constitución.

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso de méritos, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se regulan en estas bases, y todo ello con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad previstos en nuestro ordenamiento jurídico. 

CONVOCA: 

Mancomunidad Comarca de la Sidra 

REQUISITOS:

  • a) Tener la nacionalidad española; o ser nacionales de los estados miembros de la Unión Europea; o ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas/separados de derecho; o ser descendiente de su cónyuge siempre que no estén separados/separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de la edad dependientes; o ser personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los cuales sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 
  • b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto convocado y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectada/o por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
  • c) Tener cumplidos dieciséis años, sin exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • d) No haber sido separada/o, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de empleos públicos, en los términos del artículo 56.1 d) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • e) No estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
  • f) Disponer de la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero. A tal efecto, se considerarán las titulaciones o los certificados de profesionalidad referidos a continuación:
    • FP Grado Medio: título de técnico en cuidados auxiliares de enfermería.
    • FP I: título de Técnico Auxiliar de Enfermería.
    • FP I: Título de Técnico Auxiliar de Clínica.
    • FP I: Título de Técnico Auxiliar de Psiquiatría.
    • FP Grado Medio: Título de Técnico en Atención a Personas en situación de Dependencia.
    • FP Grado Medio: Título de Técnico en Atención Sociosanitaria. 
    • Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio.
    • Certificado de Profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio.
    • Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales
  • g) Disponer de la titulación de Graduado/a en ESO o equivalente a efectos laborales.
  • h) Estar en posesión del permiso de conducir B y disponer de vehículo propio, dada la necesidad de que la persona seleccionada se desplace a los diversos municipios integrantes de la Mancomunidad “Comarca de la Sidra” a prestar sus servicios.
  • i) Carecer de antecedentes por delitos sexuales, el certificado acreditativo se declarará en el momento de presentar instancias que está en condiciones de obtenerlo. Dicho certificado deberá ser aportado en el momento de su nombramiento, de tal manera que, en caso de no aportarlo en el momento que se le llame, el candidato perderá el derecho a su nombramiento. 

MÁS INFORMACION:  

Mancomunidad Comarca de la Sidra 
Lugar Paraes, nº 47
33529 Nava, Asturias
Teléfono985 71 84 13