PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 15 de agosto de 2023
INFORMACIÓN:
Es objeto de esta convocatoria pública, es la elaboración de una nueva bolsa de empleo en la categoría de
Auxiliar de Ayuda a Domicilio, a efectos de la eventual contratación temporal para cubrir las necesidades del Servicio de
Ayuda a Domicilio (SAD) del concejo de Pesoz, dentro del Plan Concertado para las Prestaciones Básicas de Servicios
Sociales y la Encomienda de gestión de la prestación del servicio de Ayuda a Domicilio con el Principado de Asturias.
Los contratos serán de carácter laboral temporal.
El personal que resulte, en su momento, contratado realizará las tareas de atención directa a las personas usuarias
del Servicio de Ayuda a Domicilio (en adelante SAD) municipal, teniendo como función básica la realización material de
los servicios de carácter personal y doméstico, bajo la dirección de los responsables municipales del Servicio.
CONVOCA:
Ayuntamiento de Pesoz
REQUISITOS:
- a) Poseer la nacionalidad española o cumplir con lo establecido en el artículo 57 del R. D. Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, EBEP).
- b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto convocado.
- c) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el normal desarrollo de las funciones propias del
puesto de trabajo.
- d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o
escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.
- f) No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
- g) Disponer de la cualificación profesional correspondiente para el desempeño de las funciones de “Auxiliar de
Ayuda a Domicilio”, a tales efectos se considerarán como tales todos aquellos que posean los títulos establecidos
por los Reales Decretos siguientes: R. D. 1368/2007, de 19 de octubre, y R. D. 295/2004, de 20 de febrero. A tal
efecto, se consideran las titulaciones o los certificados de profesionalidad los referidos a continuación:
Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, establecido por R. D. 546/1995, de 7 de abril. Título
de Técnico Auxiliar de Enfermería, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril.
Título de Técnico Auxiliar de Clínica, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril. Título de Técnico Auxiliar de Psiquiatría, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril.
Título de Técnico en Atención a Personas en situación de Dependencia, establecido por R. D. 1593/2011, de
4 de noviembre.
Título de Técnico en Atención Sociosanitaria, establecido por R. D. 496/2003, de 2 de mayo.
Título de Técnico Superior en Integración Social, establecido por R. D. 1074/2012, de 13 de julio, o el
título equivalente de Técnico Superior en Integración Social establecido por R. D. 2061/1995, de 22 de
diciembre.
Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, regulado por R. D. 1379/2008, de 1 de agosto.
Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas en el Domicilio, regulado por R. D.
1379/2008, de 1 de agosto, habilitante solo para el Servicio de Ayuda a Domicilio.
Certificado de Profesionalidad de la ocupación de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, regulado por R. D. 331/1997,
de 7 de marzo, habilitante solo para el Servicio de Ayuda a Domicilio.
- h) Estar en posesión de carné de conducir B1 y disponer de vehículo propio.
Tanto las condiciones que se señalan en el aparado anterior, como los méritos que se aleguen para su valoración,
estarán referidos, como fecha límite, a la de finalización del plazo de presentación de instancias y deberán mantenerse
con posterioridad hasta la contratación laboral.
MÁS INFORMACIÓN:
Ayuntamiento de Pesoz
Plaza Campo, s/n
33735 Pesoz, Asturias
Teléfono: 985 62 70 00