Bolsa de empleo Auxiliar Ayuda a Domicilio Mancomunidad Llanes-Ribededeva

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 9 de noviembre de 2021

INFORMACIÓN:

La Mancomunidad de concejos LLanes Ribededeva publica las bases y convocatoria para la creación de una bolsa de empleo en la categoría de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, por el sistema de concurso-oposición.

La bolsa de empleo tendrá una duración de 4 años.

Las funciones a desarrollar son:

  • Actuaciones básicas de apoyo personal.
  • Actuaciones básicas de carácter doméstico.
  • Actuaciones básicas de carácter psicosocial.
  • Actuaciones básicas de carácter sociocomunitario.
  • Actuaciones básicas de apoyo a la familia.
  • Cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada por el Sr. Presidente, Vocal Delegado correspondiente o Jefe de Servicio Municipal al que esté adscrito.

CONVOCA:

Mancomunidad de concejos LLanes Ribededeva 

REQUISITOS:

  • 1. Tener nacionalidad española o de algún país miembro de la Unión Europea o, en su caso, la de algún otro país al que en virtud de tratados internacionales celebrados con la Unión y ratificados por España le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado de la Unión Europea. También se entenderán admisibles las solicitudes cursadas por extranjeros con residencia legal en España en los términos señalados en el artículo 57.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • 2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa (Los aspirantes mayores de dieciséis años y menores de dieciocho deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores).
  • 3. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones
  • 4. Disponer de la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero. A tal efecto, se considerarán las titulaciones o los certificados de profesionalidad referidos a continuación:
    • Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, establecido por R. D. 546/1995 de 7 de abril.
    • Título de Técnico Auxiliar de Enfermería, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril.
    • Título de Técnico Auxiliar de Clínica, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril.
    • Título de Técnico Auxiliar de Psiquiatría, establecido por R. D. 777/1998, de 30 de abril.
    • Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, regulado por R. D. 1593/2011, de 4 de noviembre.
    • Título de Técnico en Atención Sociosanitaria, establecido por R. D. 496/2003, de 2 de mayo.
    • Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulado por R. D. 1379/2008, de 1 de agosto.
    • Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio regulado por R. D. 1379/2008, de 1 de agosto.
    • Certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio, regulado por R. D. 331/1997, de 7 de marzo. Las personas que no cuenten con alguna de las titulaciones o certificados de profesionalidad indicados, deberán acreditar que cuentan con habilitación excepcional. La vigencia de dicha habilitación podrá actualizarse en base a lo determinado en la normativa vinculante durante el período de vigencia de la presenta bolsa. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión o en condiciones de obtener el credencial que acredite su homologación.
  • 5. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • 6. No haber sido separado/a del servicio de las administraciones Públicas mediante expediente disciplinario, o estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
  • 7. No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
  • 8. Estar en posesión del permiso de conducir, tipo B.
  • 9. Las personas con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acreditar su condición de discapacitado/a en la fase de comprobación de documentación una vez terminado el proceso selectivo. Estas personas serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, salvo que la restricción padecida les hiciera incumplir el requisito correspondiente a “no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o resulte incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza”. El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los organismos competentes.
  • 10. No podrán ser contratadas, las personas que en un período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la Mancomunidad Llanes Ribadedeva, mediante dos o más contratos temporales, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, a tenor de lo previsto en la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, que modifica el art. 15 de Estatuto de los Trabajadores. 

MÁS INFORMACIÓN:  

Mancomunidad de concejos LLanes Ribededeva
C. Nemesio Sobrino, s/n
33500 Llanes, Asturias
985 40 01 02