Bases bolsa de empleo para necesidades temporales de duración determinada en la ocupación de Trabajador/a Social. Ayto Castropol

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Pendiente de convocatoria

INFORMACIÓN:

Es objeto de la presente convocatoria la elaboración de una bolsa de empleo en la categoría de Trabajador/a Social a efectos de su eventual contratación temporal para cubrir las necesidades de la UTS del Ayuntamiento de Castropol. El contrato será de carácter laboral temporal.

La duración previsible de los contratos será la necesaria para la cobertura de las necesidades generadas y, en concreto, para cubrir supuestos como:

  • Sustituir a trabajadores/as hasta su reincorporación.
  • Plazas vacantes en plantilla hasta que sean cubiertas por los procedimientos legales establecidos al efecto.
  • Sustituciones de trabajadoras en situación de baja médica.
  • Sustituciones de vacaciones del personal.
  • Otras necesidades perentorias que surjan de las actividades propias a ejecutar en el ámbito de la UTS. 

CONVOCA:

Ayuntamiento de Castropol 

REQUISITOS:

  • a) Poseer la nacionalidad española o cumplir con lo establecido en el artículo 57 del R.D. Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, EBEP).
  • b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto convocado.
  • c) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el normal desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo.
  • d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  • f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente.
  • g) Disponer de la oportuna titulación: Título de Trabajo Social o equivalente.
  • i) Estar en posesión de carnet de conducir B1 y disponer de vehículo propio. 

MÁS INFORMACIÓN: 

Ayuntamiento de Castropol 
Plaza del Ayuntamiento s/n
33760 - Castropol Asturias
Tel. 985 635 001
ayuntamiento@castropol.es