PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 23 de julio de 2021
INFORMACIÓN:
Se convocan pruebas selectivas, por el sistema de
concurso-oposición, para la provisión de una plaza de personal laboral
categoría de ayudante de mantenimiento de la plantilla de
personal laboral del Tribunal Constitucional.
CONVOCA:
Tribunal Constitucional
REQUISITOS:
- 1. Tener la nacionalidad española. También podrán participar los nacionales de
un Estado miembro de la Unión Europea, las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y los
extranjeros con residencia legal en España. Asimismo podrán participar los cónyuges o
parejas de hecho (inscrita en un registro público de la Unión Europea) de españoles o de
nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, cualquiera que sea su
nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho, así como, con la misma
condición, sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad
dependientes
- 2. Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
- 3. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
- 4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- 5. Experiencia profesional de, al menos, cinco años dentro de los últimos ocho
anteriores a la fecha final de presentación de solicitudes, en mantenimiento integral de
edificios e instalaciones en edificios de gran capacidad y ocupación (al menos 20.000 m2
y 200 trabajadores).
- 6. Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el caso del personal laboral, en el puesto en el
que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro estado miembro, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- 7. Carecer de antecedentes penales.
MÁS INFORMACIÓN:
Tribunal Constitucional
Calle de Domenico Scarlatti, 6
28003 Madrid
Teléfono: 915 50 80 00