PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 25 de septiembre de 2023
INFORMACIÓN:
Convocar el proceso selectivo para ingreso por acceso libre y acceso por promoción interna como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el Ministerio del Interior y sus Organismos Autónomos.
CONVOCA:
Secretaría de Estado de Función Pública
REQUISITOS:
Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer en
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la
formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
- 1. Nacionalidad:
- a) Tener la nacionalidad española
- b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
- c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo,
con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan
a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
- e) Las personas extranjeras que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren
con residencia legal en España.
- 2. Edad: Tener cumplidos los 16 años.
- 3. En el proceso selectivo por promoción interna podrá participar todo el personal laboral fijo, del grupo
profesional inmediatamente inferior, siempre que haya prestado dos años de servicios efectivos en
dicho grupo profesional y cumpla los requisitos de titulación y cualificación exigidos.
Asimismo, se podrá participar para acceder al grupo inmediatamente superior y de la misma familia
profesional cuando se trate de personal con dos años de permanencia en puestos que se encuadren
en especialidades coincidentes con títulos de Formación Profesional, sin tener la titulación exigida
para el grupo al que acceden, pero teniendo, al menos, una cualificación profesional completa del
título correspondiente a la especialidad a la que se pretende acceder, y siempre que se cuente con
la titulación exigida en el grupo profesional desde el que se promociona.
De este proceso señalado en el párrafo anterior, se exceptúan los procesos que afecten a puestos de
trabajo de los grupos profesionales M3 y M2 o cuando pertenezcan a áreas de actividad en las que
esas previsiones no resulten adecuadas o cuando se trate de funciones cuyo ejercicio requiera estar
en posesión de una titulación académica o profesional habilitante.
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En los procesos de promoción interna a puestos de trabajo encuadrados en el grupo M2, podrán
participar las personas trabajadoras del grupo profesional E2 con dos años de servicios en puestos
de dicho grupo que no se encuadren en especialidades coincidentes con títulos de Formación
Profesional, siempre que cuente con la titulación exigida para el ingreso en el grupo M2.
- 4. Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título que se indica en el Anexo II. Para las plazas de los Grupos Profesionales M3 y M2, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Para las plazas de los Grupos Profesionales M1, E2 y E1, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.