Requisitos para la contratación:
- 1) estar en posesión de una licencia civil comunitaria de alumno controlador de tránsito aéreo en vigor o de una licencia civil comunitaria de controlador de tránsito aéreo en vigor, de conformidad con la legislación vigente aplicable, con todas y cada una de las siguientes habilitaciones y, en su caso, anotaciones de habilitación:
- a) control de aeródromo visual (ADV);
- b) control de aeródromo por instrumentos (ADI), con las anotaciones de habilitación de TWR, RAD y GMS;
- c) control de aproximación por procedimientos (APP);
- d) control de vigilancia de aproximación (APS), con la anotación de habilitación TCL;
- e) control de área por procedimientos (ACP);
- f) control de vigilancia de área (ACS). De acuerdo con la legislación vigente en cada momento, los candidatos con licencia civil comunitaria de alumno controlador de tránsito aéreo o con licencia civil comunitaria de controlador de tránsito aéreo que necesiten una prueba de evaluación previa para poder iniciar la formación de unidad correspondiente, deberán haber realizado y superado la misma, debiendo aportar la oportuna acreditación. Asimismo, los candidatos deberán acreditar que han superado la formación de adaptación a elementos específicos del Bloque Funcional de Espacio Aéreo del Sudoeste de Europa (SW FAB) y del entorno nacional en las habilitaciones ADI, APP, APS, ACP y ACS.
- 2) estar en posesión de las anotaciones de idioma inglés -con un nivel mínimo Operacional (4)- y de idioma castellano -con nivel de Experto (6)- en vigor, de acuerdo con los niveles de competencia lingüística establecidos en el Reglamento (UE) 2015/340, de 20 de febrero.
- 3) estar en posesión del certificado médico aeronáutico clase 3, válido y en vigor, de conformidad con la legislación vigente aplicable; consulte la página de Medicina Aeronáutica de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en la que podrá ver los centros médicos aeronáuticos acreditados y los médicos examinadores aéreos autorizados: http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/prof_sector/medicina/default.aspx Dicho certificado médico deberá tener, en el momento de la formalización del contrato, un periodo de validez de, al menos, 9 meses.
- 4) mantener todos los requisitos exigidos para la participación en el proceso selectivo, indicados en la base 3.1 anterior.
- 5) estar en posesión de un certificado, expedido en los treinta días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de la contratación, por un centro oficial de análisis clínicos que acredite haber superado la prueba de detección de sustancias psicoactivas (SPSICO) de conformidad con el Reglamento UE 2017/373.
Los candidatos que no cumplan alguno de los requisitos necesarios para su contratación dispondrán de un plazo máximo de 17 meses, contados a partir de la fecha en que se les oferte la formalización de un contrato de trabajo, para su cumplimiento, siendo de su cargo todos los gastos derivados de su formación, evaluación y expedición de documentos ante los centros y/o autoridades aeronáuticas debidamente autorizados para tales fines
MÁS INFORMACIÓN:
ENAIRE
seleccioncontrol@enaire.es