Becas para los Cursos Complutense de Verano de El Escorial

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 24 de mayo de 2024

INFORMACIÓN:

La Universidad Complutense de Madrid convoca diversos cursos  de verano en El Escorial  para el verano de 2024.

La Fundación General de la UCM, convoca  para esos mismos cursos un conjunto de becas en diversas tipologías.

Se convocan en régimen de concurrencia competitiva dos tipos de becas, becas de matrícula y becas de alojamiento y manutención.

El procedimiento de adjudicación de dichas becas, recogido en el apartado sexto de la presente resolución, se regirá por los criterios de igualdad, mérito y capacidad. 

CONVOCA:

Fundación General de la UCM 

REQUISITOS:

Las becas están destinadas a distintos colectivos, entre los que se encuentran estudiantes de grado, posgrado y egresados, estudiantes de otros niveles educativos, así como colectivos en situación de desempleo, jubilados o público en general para la asistencia a las actividades académicas organizadas por la Fundación General de la UCM en San Lorenzo de El Escorial durante el mes de julio de 2024 recogidas en el anexo I de la convocatoria.

Las personas beneficiarias deberán aportar la documentación que acredite los requisitos solicitados en la presente convocatoria.

Con carácter general podrán solicitar estas ayudas quienes reúnan los siguientes requisitos:

  • A) Todos los solicitantes. Ser mayores de edad y de nacionalidad española, ser nacionales de otro país miembro de la Unión Europea, o ser extracomunitarios con residencia legal en España, o nacionales de países latinoamericanos.
  • B) Estudiantes o titulados universitarios. Titulación académica: Los solicitantes deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:
    • 1) Tener matrícula formalizada en el curso académico 2023/2024 en estudios oficiales para la obtención de un título de Grado, Máster o Doctorado en la UCM o en otra Universidad española, o dentro del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), o en programas equivalentes según la normativa vigente.
    • 2) Haber finalizado cualquiera de los estudios oficiales enumerados en el punto anterior con posterioridad al 31 de diciembre de 2020.
    • 3) Cualquier graduado o titulado universitario con anterioridad a 2020.
    • 4) Nota media en la titulación:
      • a) Quienes hubieran finalizado sus estudios oficiales, deberán acreditar la nota media de su expediente académico, de Grado o equivalente.
      • b) En el caso de estudiantes de otros sistemas universitarios, la puntuación obtenida por este criterio será la misma que la nota media del alumno (convertida a la escala española).
      • c) La acreditación de la nota media de quienes no hubieran finalizado sus estudios de grado vendrá referida a la media aritmética de los cursos que hayan cursado hasta la fecha de solicitud de la beca.
  • C) Estudiantes beneficiarios del Programa de Ayudas UCM por causas socioeconómicas, el Programa de Ayudas al Estudio Concepción Arenal, el Plan Especial de personas afectadas por la guerra de Ucrania, el Programa de ayuda a las personas Refugiadas, así como estudiantes que hayan sido víctimas de violencia de género. Además de cumplir los requisitos del apartado B), deberán adjuntar la acreditación correspondiente de su situación.
  • D) Miembros de la comunidad universitaria Complutense, profesionales, personas jubiladas o en situación de desempleo. Los solicitantes deberán adjuntar la acreditación correspondiente.
  • E) Alumnos con diversidad funcional acreditada superior a un 33%. Se adjuntará la acreditación correspondiente conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. 

DOTACIÓN:

Las becas, en cualquiera de sus modalidades, implicarán la exención del abono de determinadas cuantías por los servicios académicos relacionados con los Cursos de Verano, por lo que en ningún caso se producirán abonos directos por parte de la Fundación General de la UCM. Es importante tener en cuenta que la concesión de las becas no exime de la obligación de abonar los gastos de secretaría correspondientes a la formalización de su expediente.

Las cuantías de cada una de las becas se presentan en el anexo I de la convocatoria.

  • Beca de matrícula: la beca de matrícula comporta, exclusivamente, la exención del pago parcial de la matrícula en el curso o encuentro solicitado.
  • Beca de alojamiento y manutención: la beca de alojamiento y manutención, hasta la cuantía máxima establecida en esta convocatoria, cubre exclusivamente el coste del alojamiento del solicitante matriculado en la actividad académica correspondiente durante el período de duración del curso, en los alojamientos facilitados por la organización. 

MÁS INFORMACIÓN: 

Fundación General de la UCM
Facultad de Medicina,UCM,
C/ Dr. Severo Ochoa, 7, Edif. Entrepabellones 7 y 8, Moncloa - Aravaca
28040 Madrid
Teléfono913 94 84 06