PLAZO PRESENTACIÓN:
- I.1: Del 20 de marzo al 3 de abril de 2019.
- I.2: Del 18 de marzo al 1 de abril de 2019.
- I.3: Del 18 de marzo al 1 de abril de 2019.
- I.4: Del 1 al 15 de abril de 2019 (Becas nuevas y de renovación).
- I.5: Del 18 de marzo al 1 de abril de 2019.
- I.6: Del 13 al 28 de mayo de 2019 (Becas nuevas y de renovación).
- I.7: Del 28 de marzo al 11 de abril de 2019.
INFORMACIÓN:
La presente convocatoria tiene por objeto conceder ayudas para la formación de ciudadanos
españoles y extranjeros en los términos recogidos en el Anexo I para cada uno de los
siguientes programas:
- I.1 Programa de becas para la Real Academia de España en Roma (RAER).
- I.2 Programa de becas de formación en gestión cultural y diplomacia científica en la red
exterior de representaciones diplomáticas, centros culturales de España y en la AECID
-
I.3 Programa de becas de formación en cooperación para el desarrollo en los Centros de
Formación de la Cooperación Española en América Latina.
- I.4 Programa de becas de colaboración formativa en las sedes de las Academias
asociadas a la Real Academia Española (RAE).
- I.5 Programa de becas para el Colegio de Europa.
- I.6 Programa de becas de formación musical de excelencia en la Escuela Superior de
Música Reina Sofía (ESMRS).
-
I.7 Programa de becas de Máster para funcionarios y personal integrado en los sistemas
públicos de los países incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la
Cooperación Española
CONVOCA:
Ministerio de Asantos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
REQUISITOS:
- Cumplir con los requisitos que se señalan para el programa elegido (Anexo I)
- Los requisitos especificados para cada programa deberán mantenerse desde el momento
de la solicitud hasta el final del periodo de ejecución.
DOTACIÓN:
- a) Dotación mensual según el programa de beca elegido (ver Anexo I). El pago de la última mensualidad quedará condicionado a la presentación de la
memoria según se indica en la Base 8.3 d).
- b) Ayuda de viaje de incorporación al centro de destino, si así lo establece el programa de
beca elegido (ver Anexo I). La ayuda consistirá en un reembolso único del coste exacto
del viaje en clase turista, previa presentación de las correspondientes facturas, por el
importe máximo que figura en cada programa del Anexo I.
- c) Seguros: Asistencia en viaje y seguro de accidentes en las condiciones que se recogen
en la póliza suscrita por la AECID con la compañía aseguradora correspondiente, para
enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.
- d) Ayuda de matrícula: para los programas I.6 y I.7, en los términos especificados en cada
uno de dichos programas en el Anexo I.
- e) Bolsas de viaje para realizar actividades relacionadas con las funciones propias del
programa. Cuando así se determine en el Anexo I, y en función de la disponibilidad
presupuestaria, se podrán conceder bolsas de viaje en compensación por gastos de
desplazamientos, estancias y manutención, con la previa autorización de la DRCC.
- f) Ayuda de asistencia a reunión: cuando así se determine en el Anexo I y en función de la
disponibilidad presupuestaria.
MÁS INFORMACIÓN:
Departamento de Cooperación Universitaria y Científica
Av. de los Reyes Católicos, 4
28040 Madrid
Tel: 91 583 82 33/82 98/ 83 02
becasmae@aecid.es