PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 20 de septiembre de 2021
INFORMACIÓN:
La Fundación SEPI, F.S.P. convoca las becas del Programa de Iniciación en la Empresa 2021/2, con el objetivo de posibilitar un período de formación práctica en el ámbito empresarial a personas jóvenes (universitarias o de grado superior de formación profesional) sin experiencia profesional. Las becas tendrán una duración inicial de seis meses, desde la fecha de incorporación de las personas beneficiarias que será, previsiblemente, el 1 de noviembre de 2021. La formación práctica de los becarios del Programa podrá llevarse a cabo en cualquiera de los centros de las empresas o entidades que participan con este Programa. En el transcurso de su periodo de formación, los becarios podrán realizar desplazamientos fuera del centro al que inicialmente sean asignados, cuando las necesidades de formación así lo requieran.
CONVOCA:
Fundación SEPI
REQUISITOS:
DOTACIÓN:
La persona beneficiaria del Programa tendrá derecho a obtener los siguientes beneficios:
a) A disfrutar de un período de formación práctica en alguno de los centros de las empresas e instituciones colaboradoras en el proceso 2021/2 del Programa.
b) A percibir, durante todo el periodo formativo, una asignación económica mensual o parte proporcional que corresponda en función de la fecha de incorporación de la persona beneficiaria, que variará en función de las siguientes circunstancias:
En el caso de que el becario o la becaria desarrolle su práctica formativa en el extranjero, estas cantidades podrán verse incrementadas en un importe a determinar por la empresa o institución colaboradora, en función del país de destino de la beca. Dichos importes serán satisfechos durante los meses siguientes a su fecha de incorporación mientras disfrute de su beca.
En el supuesto de que la persona en formación práctica pase a una situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 % de su asignación durante el primer mes de baja. A partir de ese momento, percibirá la parte de asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para estos casos en la normativa de la Seguridad Social.
c) A la cobertura de un seguro de accidentes formalizado por la FUNDACION a su favor. En el caso de que el becario o la becaria desarrolle su práctica formativa en el extranjero, un seguro de viaje multiasistencia.
d) A ser incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en los términos y condiciones establecidos por el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.. La acción protectora de la Seguridad Social respecto de los beneficiarios de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
MÁS INFORMACIÓN:
Fundación SEPI
Quintana, nº 2 – 3ª planta
28008 Madrid
Tlf.: 91 548 83 55
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