Certificado Digital

El certificado digital es una herramienta que nos va a permitir hacer los trámites con las correspondientes administraciones públicas; desde solicitar en un Ayuntamiento el uso de infraestructuras o espacio en la calle para una actividad a las relaciones con Hacienda. En breve será la única manera de presentar documentación oficial a la Administración.

¿Qué es el certificado digital?

El certificado digital es una pieza de software que puede residir en una tarjeta criptográfica o estar instalada en un dispositivo (ordenador, tablet, teléfono) y que permite asegurar:

  • La identidad de la persona que firma un documento digital.
  • La integridad de este documento: que no sufre modificación, recortes ni añadidos tras su “firma digital”.

Pasos que tenemos que dar para obtener nuestro certificado digital

Antes de todo necesitamos saber si el ordenador o dispositivo donde queremos instalar nuestro certificado tiene los navegadores adecuados. Los navegadores con los que actualmente podemos instalar nuestro certificado son: Mozilla Firefox, Google Chrome, Microsoft EDGE, Opera, Safari.

1. Solicitud de certificado digital de representante de persona jurídica.

El certificado se solicita a través del ordenador o dispositivo (teléfono, tablet,...) y se instala en el mismo. Para solicitarlo hay que acceder a la página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Elige la opción "Representante de persona juridica" (Asociaciones) y sigue los pasos que te indican.

IMPORTANTE: El certificado se solicita a través de un ordenador o dispositivo (teléfono, tablet...) y se instala en el mismo.

2. Ir a la Oficina de Hacienda que corresponda para obtener la clave de descarga con la siguiente documentación:

  • De la entidad representada: En el caso de una asociación es el certificado del Registro de Asociaciones en el que figure que está inscrita, expedido como máximo 15 días hábiles antes de la solicitud del certificado de persona jurídica (los sábados, domingos y festivos no son hábiles a estos efectos) y también certificado de que el solicitante es representante legal (presidente/a) y su cargo está vigente. Puedes solicitar ambos documentos aquí.
  • Representante de la asociación una persona diferente del presidente (un apoderado), es necesario entregar el poder notarial que así lo acredita. Este poder debe incluir una cláusula especial referida al certificado digital.
  • Del representante (solicitante): Los datos de identidad deberán ser acreditados con un documento de identificación válido y vigente (DNI, NIE, pasaporte u otro medio admitido en derecho a efectos de identificación).
  • De la solicitud: El Código de Solicitud que nos envío la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre

3. Descarga e instalación del certificado

La FNMT emite el certificado y notifica su disponibilidad mediante un correo electrónico. A partir de ese momento se puede proceder a la descarga del certificado digital, utilizando el mismo dispositivo desde el que se cursó la solicitud. Para la descarga se requiere el número de NIF de la entidad y el código de solicitud que nos facilitaron al realizar la solicitud (el mismo que enseñamos en Hacienda). Además de aceptar las condiciones de uso, este es el momento en el que hay que realizar el pago del certificado. El precio de este certificado es de 14€, y se emite con un periodo de validez de 2 años. Una vez realizado el pago, aparece el botón “instalar certificado”. Pincha aquí para ir a la web desde la que se efectúa la descarga.

4. Solicitud de la factura por la emisión del Certificado Digital

Para descargar la factura deberás acceder a la Aplicación de Facturas autenticándose con el certificado emitido para la entidad de la cual quiere recuperar la factura. Asegúrate de que tu certificado se encuentra correctamente instalado en el navegador del equipo, o bien listo para ser usado a través de tu dispositivo criptográfico. Las facturas se generan en un plazo de 2 días hábiles desde el pago.

INPORTANTE: no olvides renovar cada dos años el certificado de representación y recuerda que cuando cesa el representante hay que solicitar un nuevo certificado de representación.