Subvenciones para la ejecución de proyectos de Educación para el Desarrollo y Sensibillización 2022.

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 12 de abril de 2022

INFORMACIÓN:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de educación para el desarrollo y sensibilización para 2022, en las siguientes líneas de actuación:

  • a) Instrumento. A. Proyectos que promuevan procesos educativos que favorezcan una mejor comprensión de los problemas que afecten a los países en desarrollo, generen una actitud positiva hacia ellos y estimulen a la solidaridad y a la cooperación activa con los mismos. Estos proyectos podrán realizarse en el ámbito de la educación formal, no formal e informal.
  • b) Instrumento B. Acciones puntuales de sensibilización, intervenciones orientadas a la sensibilización de la sociedad en su conjunto o determinados sectores en particular que promuevan actitudes de compromiso solidario y que se basen en la organización de jornadas, encuentros, exposiciones, conferencias, ciclos de cine, publicaciones, recursos didácticos o cualquier otra intervención de características similares. Se considerará acción puntual la formulación de una intervención que conlleve varias de las acciones descritas en este apartado, aunque estén previstas en períodos diferentes a lo largo del cronograma de la intervención, y que no formen parte de un proceso de educación para el desarrollo. 

CONVOCA:

Consejería de Presidencia 

REQUISITOS:

Ser una ONGD que se encuentre inscrita en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias a fecha de presentación de la solicitud y haya comunicado cualquier modificación de los datos o documentos que afecten a los asientos recogidos en el artículo 4.3 del Decreto 270/2007, de 14 de noviembre, por el que se regula el funcionamiento y forma de acceso a ese registro. 

También podrán ser entidades beneficiarias aquellas que se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación o, en el caso de Fundaciones, en el Registro de Fundaciones correspondiente, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención, siempre que figure recogido en sus estatutos la cooperación y la educación para el desarrollo como uno de sus objetivos, tengan sede social en el Principado de Asturias y acrediten, como mínimo, tres años de antigüedad en la realización de proyectos en esta materia en Asturias. 

MÁS INFORMACIÓN:  

Consejería de Presidencia
C. Eduardo Herrera, s/n, 3ª planta - Edificio
33006 Oviedo, Asturias
Teléfono985 66 85 25