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Convocatorias de empleo

Bases 1 plaza de Auxiliar de Servicios para la FMSS. Ayuntamiento de Gijón

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Veinte días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado

INFORMACIÓN:

Se publican las bases específicas que rigen la convocatoria de selección de 1 plaza de Auxiliar de Servicios, en régimen de derecho laboral, en turno de libre acceso para la Fundación Municipal de Servicios Sociales. 

La selección se realizará mediante oposición, con superación de fase de prueba.

CONVOCA:

Ayuntamiento de Gijón 

REQUISITOS:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.

b) Ser nacional de algún estado en que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores/as.

c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los/as cónyuges de los/as españoles/as y de los/as nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho. En las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los/as de sus cónyuges siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

A las plazas de personal laboral fijo podrán acceder las/os extranjeras/os en los términos y condiciones a los que se refiere el artículo 57.4 del Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

d) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salgo que una Ley disponga otra edad máxima.

e) Estar en posesión del título exigible para el ingreso en el grupo de clasificación correspondiente que figura en los anexos que rigen las bases específicas de las respectivas convocatorias o certificado oficial de estar en condiciones de obtenerlo mediante el abono de las tasas o derechos económicos correspondientes para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y escala de las plazas de funcionarios/as de carrera en las que participe e igualmente poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la categoría profesional en aquellas plazas laborales fijo en la que participe. A tal efecto, quienes superen las pruebas serán sometidos/as a reconocimiento médico por la entidad encargada de la vigilancia de la salud del personal del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, antes de su nombramiento o contratación. Las personas discapacitadas deberán acreditar tanto su condición de discapacitada como su capacidad para desempeñar las tareas o funciones del puesto mediante la oportuna certificación expedida por el organismo competente (Estatal o Autonómico).

g) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

h) No estar en situación de suspensión firme de funciones, salvo extinción legal.

i) En el caso de la convocatoria de plazas que impliquen contacto habitual con menores y en virtud de lo establecido por la normativa vigente “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales”.  

MÁS INFORMACIÓN: 

Ayuntamiento de Gijón. FMSS
C/ Palacio Valdés, 2, Centro,
33207 Gijón, Asturias
Teléfono985 18 28 51

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